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La Justicia rechazó el reclamo de una exfuncionaria que se autonombró gerenta de Legales y se asignó 40 años de antigüed

Cristina Maccio se designó gerenta de Legales mientras presidía la Compañía Entrerriana de Gas. El adicional se calculó desde su matriculación como abogada. El fallo de primera instancia aún no está firme.

4 de Noviembre de 2026
La implicada presidía la Compañía Entrerriana de Gas.
La implicada presidía la Compañía Entrerriana de Gas.

El Juzgado del Trabajo de Paraná rechazó la demanda de Cristina Beatriz Maccio contra la Compañía Entrerriana de Gas (CEGSA) y le impuso las costas del proceso. En la sentencia del 3 de noviembre, el juzgado consideró inválida la contratación laboral que la exfuncionaria había dispuesto mientras presidía la empresa.

 

Maccio ejercía simultáneamente la presidencia y la Gerencia de Legales. Para calcular el adicional por antigüedad, tomó como punto de partida la fecha en que se matriculó como abogada. Ese criterio le permitió computar 40 años para la liquidación de sus haberes.

 

La controversia se inició cuando la actual gestión provincial revisó su situación y cuestionó la designación y el adicional. Maccio solicitó licencias y luego se consideró despedida, lo que dio origen al reclamo judicial que fue desestimado.

 

 

Los fundamentos del fallo

 

 

El juzgado sostuvo que Maccio tenía un interés contrario al de la sociedad y que debió abstenerse de intervenir en su propia designación. Según la sentencia, la entonces presidenta de CEGSA no podía actuar a la vez como representante de la empresa empleadora y como trabajadora contratada.

 

La resolución también examinó el tratamiento del adicional por antigüedad profesional en una asamblea extraordinaria de accionistas de marzo de 2023. El juzgado concluyó que en esa reunión no hubo una aprobación expresa de la contratación laboral ni del régimen salarial reclamado por Maccio.

 

CEGSA rechazó el reclamo y la Fiscalía de Estado dictaminó en contra de su procedencia. Posteriormente, la asamblea de accionistas estableció que, para calcular la antigüedad del personal, se computarían los años de servicio en la propia compañía.

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