Ley que exige detallar impuestos provinciales en tickets y facturas
Oficialmente, se comunicó que la Provincia es una de las primeras que establece la obligación de informar el impuesto a los Ingresos Brutos y al Ejercicio de las Profesiones Liberales, que tienen incidencia en la formación de los precios de ventas a consumidores finales, locaciones de obra o prestaciones de servicios.
Ahora, con la novedad, ya se puede implementar y hay plazos de adecuación.
La normativa
El Gobierno de Entre Ríos, a través de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), reglamentó la Ley N° 11.232 de adhesión al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Tras la publicación del Decreto 1121/26, la Resolución 128 adoptó las medidas para la implementación del régimen que establece detallar la incidencia estimada de los impuestos a los Ingresos Brutos y de Profesionales Liberales -además del IVA y los impuestos nacionales indirectos-, en las facturas, tickets o comprobantes fiscales equivalentes por las operaciones de ventas de bienes y prestación de servicios a consumidores finales.
"La medida forma parte de las políticas de transparencia fiscal impulsadas por la gestión de Rogelio Frigerio, para promover el derecho a saber qué pagan los consumidores entrerrianos", se detalló oficialmente. Y se aclara que tiene fines "meramente informativos para los consumidores y no recaudatorios, por lo cual permite el uso de valores estimados para facilitar la adecuación de los sistemas". Por ello, se constituye en "una herramienta clave para la educación tributaria de la ciudadanía y para fomentar la competitividad en el mercado".
El titular de ATER, Jesús Korell, valoró la implementación de la normativa y destacó que Entre Ríos fue una de las primeras jurisdicciones en adherir a la Ley de Transparencia Fiscal. También fundamentó la importancia de contar con un régimen provincial propio. "La información sobre la incidencia tributaria en bienes y servicios es un derecho de los consumidores que esta gestión reconoce y garantiza con esta medida", expresó.
El texto dispone que el impuesto sobre los Ingresos Brutos y al Ejercicio de las Profesiones Liberales, que tienen incidencia en la formación de los precios de las ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios, deberán encontrarse discriminados en los comprobantes emitidos por los contribuyentes.
Se precisa que estarán obligados de cumplir con el régimen los contribuyentes inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Régimen Directo o Convenio Multilateral, y/o Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales, quienes deberán discriminar alícuotas a la que están sujetos e importes estimados o aproximados.
La norma indica que quedan excluidos del régimen los contribuyentes del Régimen Simplificado. También señala que la información debe ir después de la descripción de la operación y del IVA, y debe llevar la leyenda "Impuestos Provinciales o Ingresos Brutos o Profesiones Liberales" en el espacio inferior izquierdo.
Entre otros puntos, se establece que el régimen se aplicará de manera gradual y escalonada por segmentación de contribuyentes. Para "grandes contribuyentes" será obligatorio a partir de los 60 días corridos de la vigencia de la resolución; y para el resto de los contribuyentes, será obligatorio a partir de los 180 días corridos desde su vigencia.